Actividad en el marco del 11 de junio. Solidaridad con l@s pres@s anarquistas de larga condena

Respondiendo al llamado internacional en solidaridad con nuestrxs compañerxs en prisión, por quienes actualmente se encuentran condenadxs a una perpetuidad encubierta, por los casos próximos que pronostican condenas abultadas en el territorio chileno, urge la agitación permanente a través de diferentes herramientas, siendo una de ella la propaganda física.

Taller de creación de propaganda (Hazlo tú mismx)
Tendremos a disposición sencillos materiales para crear individual y/o colectivamente propaganda que pueda ser pegada en las calles.

Proyección: Documental «Hasta que todxs sean libres» (2021)
Relata el origen del 11 de Junio como día de solidaridad con lxs presxs de larga condena, específicamente, compañerxs anarquistas y eco-saboteadorxs en EE.UU.

Fuente

A LAS MARISCADAS

Galiza | CCOO, condenada a pagar 375.000 por vulnerar el derecho a huelga de 15 trabajadores

Galiza | CCOO, condenada a pagar 375.000 por vulnerar el derecho a huelga de 15 trabajadores

El sindicato Comisiones Obreras (CCOO) ha sido condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) a abonar un total de 375.000 euros a 15 de sus trabajadores por vulnerar el derecho a huelga. Así pues, el sindicato tendrá que pagar 25.000 euros a cada uno de los damnificados.

“Declaramos la existencia de vulneración de derecho de huelga de cada uno de los demandantes y en consecuencia, declarando la nulidad de la actuación empresarial condenamos a Sindicato Nacional de Comisiones Obreras a indemnizar a cada demandante, repuesto su derecho, en la cuantía de 25.000 euros”, así figura en la sentencia del TSJG.

El caso se remonta al mes de enero, cuando 51 empleados de Comisiones Obreras Galicia convocaron una huelga indefinida exigiendo la renovación de su convenio colectivo tras una congelación de su salario que perduraba desde hace 9 años, solo se dio un incremento del 1,9% en 2019.

Los trabajadores solicitaban subidas salariales en línea con lo que la secretaría general del sindicato exigía a las empresas a nivel nacional. Sin embargo, las peticiones no dieron sus frutos y decidieron hacer un paro para forzar la negociación.

Sin embargo y ante el paro de los 15 abogados y graduados sociales gallegos a causa de esta declaración de huelga indefinida, el sindicato les pidió que solicitasen a los tribunales la suspensión de los temas pendientes.

Posteriormente, Comisiones Obreras les solicitó abandonar los paros y atender a las obligaciones para no perjudicar a los afiliados. De esta forma, el sindicato optó por priorizar el derecho de sus afiliados sobre el derecho a huelga de sus trabajadores.

El sindicato aseguró a los huelguistas que en caso de no reincorporarse incurrirían en responsabilidad profesional exigible en el colegio correspondiente, en responsabilidad laboral y en responsabilidad civil “por los perjuicios que generen a las personas usuarias de sus servicios”. Ante esta advertencia, los trabajadores no dudaron en reincorporarse.

No obstante, la sentencia del TSJG recuerda que el derecho que prevalece es el derecho fundamental a la huelga, que se recoge en el artículo 28 de la Constitución.

Un artículo que establece que todos los españoles tienen derecho a sindicarse libremente y donde expresamente “se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses”

“No cabe, como plantea la demandada, aducir que su conducta está justificada por la colisión entre dos derechos fundamentales, el de los trabajadores de huelga y el de los destinatarios de los servicios jurídicos del derecho a la tutela judicial efectiva” afirma el tribunal gallego. “Por hipótesis, toda huelga produce daño a terceros en un sistema como el nuestro, de libertad de empresa, pues precisamente su ejercicio busca la presión al empresario derivada de la pérdida de beneficio que se produce con la paralización de la actividad laboral”, recalca

CNT/AIT Gijon

CNT/AIT-IWA

عالمي انارکسٽ کميونڻي کا بابو لادو کو خراج عقيدت ـ ورکرز سوليڊرٽي فيڊريشن ايک بھادر ساتھي سے محروم ھوگئي ـ انڻرنيشنل ورکرز ايسو سي ايشن, AIT-CNT اور ديگر کا اظھار افسوس ـ

CNT/AIT-IWA Fin del conflicto contra la empresa Elaborados San Javier SL

Fin del conflicto contra la empresa Elaborados San Javier SL

Desde el Sindicato de Oficios Varios de Albacete de la CNT-AIT queremos informar del fin del conflicto sindical contra la empresa Elaborados San Javier SL.

El conflicto sindical surgió cuando los afiliados a nuestro sindicato en esta empresa, que tenía su centro de trabajo en Casas Ibáñez, comenzaron a observar irregularidades en sus contratos y en el tratamiento de los productos alimenticios, principalmente interrumpciones en la cadena de frío, y en el reetiquetado de productos que ya tenían un etiquetado caducado.

El empresario quería dirigir una fábrica de concegaldos en Casas Ibáñez, por teléfono desde Valencia. No acudía a las instalaciones y quería explotar y amasar beneficios hasta con productos que deberían de haberse desechado. Al efecto se presentó una denuncia en Inspección de Trabajo.

Sin embargo, Inspeccion de Trabajo no pudo encontrar irregularidades en materia documental porque la empresa sufrió un incendio en otro de los centros de trabajo que tenía la empresa en Valencia, y supuestamente perdió parte del archivo documental que le solicitaron.

Con esto, la empresa despidió a todos los trabajadores del Centro de Trabajo de Casas Ibañez, que alquilaba unas instalaciones a otra empresa llamada Soriapes SL. Despidió a todos los trabajadores menos a una trabajadora que estaba afiliada a nuestro sindicato, y que estaba de baja por incapacidad temporal. No obstante, cuando la trabajadora recibió el alta médica y se le obligó a incorporarse al trabajo, la empresa y había cerrado, e inmediatamente le dijeron que se cogiera las vacaciones y a los pocos días le notificaron un despido objetivo.

Cuando le notificaron el despido, la empresa había cerrado todos sus centros de trabajo. No se le entregó la indemnización, ni se le comunicó con 15 días de antelación, lo que el despido pasaba a ser improcedente. La trabajadora junto al Sindicato de Oficios Varios de Albacete de la CNT-AIT presentó demanda por despido. Lo único que se podía hacer era esperar la fecha del juicio.

El resto de trabajadores no solamente no estaban organizados sindicalmente, sino que además tenían un rechazo a la organización obrera.

Finalmente el juicio se celebró hace algunas semanas. La empresa no se presentó y nuestra compañera se defendió así misma en el juicio.

Sin embargo, esta pasada semana, el Juzgado de lo Social N° 1 de Albacete notificaba la sentencia judicial, condenaba a la empresa al pago de una indemnización por despido de 4.500 euros y a 15.000 euros de salarios de tramitación.

En este y en otros muchos casos, ha quedado claro que es necesario organizarse entre iguales para hacer frente a las plagas de la explotación laboral, los despidos, la represión sindical y los impagos salariales.

UNIÓN, ACCIÓN Y AUTOGESTIÓN

CNT/AIT Albacete

FORA-AIT

La Asociación Continental Americana de los Trabajadores (ACAT) fue una organización internacional obrera fundada en 1929, en el marco del movimiento obrero anarquista. Surgió como respuesta a la necesidad de articular una coordinación más sólida entre las organizaciones obreras autónomas del continente americano, especialmente aquellas críticas tanto del reformismo sindical como del marxismo.

Su fundación tuvo lugar en Buenos Aires, impulsada principalmente por la Federación Obrera Regional Argentina (FORA), la Confederación General de Trabajadores de México (CGT) y otras organizaciones afines de América Latina, con la intención de contrarrestar la influencia de la Profintern (la Internacional Sindical Roja, dominada por el bolchevismo) y de la Federación Americana del Trabajo (AFL), de orientación reformista y colaboracionista.

La ACAT fue concebida como una coordinación federativa autónoma que buscaba sostener los principios de acción directa, federalismo, internacionalismo y lucha de clases, sin delegaciones permanentes ni burocracias centrales. Estuvo alineada ideológicamente con la Asociación Internacional de los Trabajadores (AIT), de la que muchas de sus organizaciones miembros eran parte o cercanas.

Si bien su existencia como estructura fue breve y su actividad se vio dificultada por la represión, las dictaduras y la fragmentación del movimiento obrero latinoamericano, su fundación representa un hito en la historia del movimiento obrero anarquista en el continente, al intentar crear una alternativa internacionalista genuinamente revolucionaria y no autoritaria frente a las estructuras del sindicalismo oficial.

Su refundación como ACAT-AIT en 2025 de la mano de las organizaciones americanas de la AIT marca un nuevo referente para el movimiento obrero anarquista en la región y en el mundo.

Todos los números de La Continental Obrera, el periódico oficial de la ACAT en su primera época los puedes encontrar en:
https://mega.nz/folder/utgFDT5a#NyJARRvA-nOxDRWj-2Vsuw

ASN- Alemania. AIT/IWA

Internacional

¿Resides y trabajas en Alemania? ¿Crees en la autogestión, en la solidaridad, en el apoyo mutuo y tienes ganas de organizarte entre iguales? ¿Problemas en la empresa? ¿Con tu jefe?

¡¡Únete a la Red Anarcosindicalista ASN!! El contacto oficial de la AIT/IWA en Alemania.

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AIT/IWA

Rudolf Rocker – La Asociación Internacional de los Trabajadores y las diversas corrientes del movimiento obrero.

Folleto editado por el Grupo Cultural «Ricargo Flores Magon» en México D. F., en 1925. Digitalizado por el Archivo Histórico Atilio Eulefi (https://archivohistoricoatilioeulefi.wordpress.com/)

Discurso de Rudolf Rocker en el Segundo Congreso de la A.I.T. en Amsterdam, marzo de 1925, y resoluciones del mismo congreso con algunas apreciaciones de Diego Abad de Santillan.

https://archivohistoricoatilioeulefi.wordpress.com/…

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